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Nueva Imagen Vinos Medina del Campo
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REGLAMENTO D.O. RUEDA, Publicitada como BLANCOS DE RUEDA

Desde el engaño sufrido por bodegas y bodegueros en el año 2001 de unificar la casi conseguida D.O. Medina del Campo con la D.O. Rueda y tras ratifircarse en sentencia firme del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, la D.O. Rueda se vió obligada ha no incoropor los vinos Tierra de Medina a la misma.

Han pasado ya varios años y esta D.O. NO HA EJECUTADO LA SENTENCIA, pero si burlado (A NUESTRO PARECER Y AL DE EXPERTOS VINÍCOLAS ) a la JUSTICIA ESPAÑOLA, REALIZANDO UN NUEVO REGLAMENTO MUY PARECIDO AL SENTENCIADO.

Es por tanto que dicha Denominación sigue expuesta a una posible nueva paralización de su reglamento, por incumplimiento en la ejecución de dicha sentencia.

También el I.T.A. puede verse inmerso de nuevo en este caso, por presunto delito de atribuciónes judiciales e impedimento del ejercicio de derechos civicos, al no seguir admitiendo como valido cualquier reglamento de "Vinos Tierra de Medina del Campo" y si admitir un nuevo reglamento con dos sentencias judiciales firmes del TSJ de Castilla y León, que lo declaran ilegal.

Es logíco que no exista " neutralidad" en este caso, pero no entendible que se infringa el ordenamiento jurídico vigente y enmascarar resoluciones firmes de los tribunales.

SI DE NECIOS ES ERRAR, DE SABIOS ES RECTIFICAR

La D.O. Rueda no puede acoger los tintos ni los rosados

http://www.directoalpaladar.com/"
13 de noviembre de 2006

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que dictó el 17 de junio de 2003 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que anulaba los artículos del Reglamento de la D.O. Rueda y de su Consejo Regulador que permitían producir y comercializar vinos tintos y rosados con la misma contraetiqueta que hasta el momento sólo había amparado a sus vinos blancos.
La D.O. ha sufrido un duro golpe, pues desde 2002 estaban promoviendo la elaboración de tintos y rosados, pero el TSJ de Castilla y León afirma que éstos no son un producto digno de la protección de la D.O. Rueda, pues no reúne las cualidades y caracteres diferenciales que precisa una D.O. Ya en 1999 se les denegó por la mejorable calidad de los vinos.
El consejero de Agricultura José Valín, tras la primera sentencia del TSJ impulsó la plantación de viñedos y la inversión en las bodegas garantizando que no corrían peligro, lo que ha provocado grandes pérdidas a los bodegueros.Pero parece que puede haber un resquicio legal, pues estos vinos se han estado vendiendo como vinos de la tierra durante cinco años y podrían ser declarados como vinos de calidad con indicación geográfica, para posteriormente alcanzar la Denominación de Origen. Propondrán una modificación de la Ley de la Viña y el Vino con el fin de lograr que los tintos y rosados sean amparados por la D.O. Rueda, además de estudiar las pérdidas de los bodegueros para compensarlas.
Es un tema un tanto complicado en el que interviene, sin duda alguna, la política. Nos gustaría conocer tu opinión ¿crees que los vinos tintos y rosados deben ser amparados por la D.O.?, ¿tras el éxito de los blancos quieren ampliar el negocio con otros vinos?, ¿debe dimitir Valín?.

29 may 2008

Ley Viña y Vino

Artículo 3O. El Pleno.

1. En el caso de las denominaciones de origen y denominaciones de origen calificadas:
a) El Pleno estará constituido por un máximo de seis vocales en representación de los viticultores, elegidos por y entre los viticultores inscritos en el correspondiente registro, y por un máximo de seis vocales en representación de los vinicultores, elegidos por y entre los vinicultores inscritos en el correspondiente registro.
Los operadores inscritos en uno o varios registros no podrán tener representación doble, ni por sí mismos ni por medio de algún integrante de sus órganos de administración o dirección, ni a través de otras entidades en las que, por sí o por sus socios, participen en más de un veinte por ciento.
De darse las circunstancias anteriores, los operadores afectados deberán optar por su presentación a la elección en un único registro.
En el supuesto contemplado en el apartado 2 del artículo 24, el Pleno estará constituido por un máximo de seis vocales en representación de los viticultores y por un máximo de seis vocales en representación de los vinicultores por cada uno de los v.c.p.r.d. que se integren en el órgano de gestión, con excepción de los vinos de pagos.
b) El Reglamento de cada v.c.p.r.d. determinará el número de vocales que corresponde a cada uno de los sectores y, en todo caso, se mantendrá la paridad entre ellos.
Para garantizar la representatividad de todos los intereses económicos y sectoriales integrados en el v.c.p.r.d., incluidos los minoritarios y, en su caso, de los vinos de pagos reconocidos, los vocales se elegirán de cada uno de los estratos que determinará la Consejería de Agricultura y Ganadería, en función de la estructura productiva y social, en el caso de los viticultores, y en función del número de bodegas y del volumen de vino comercializado o de su valor, en el caso de las bodegas.
No obstante, en el caso de las bodegas cooperativas que elaboren más de un veinte por ciento del vino comercializado o de su valor en su caso, la Consejería establecerá el estrato específico adecuado que garantice su representatividad.
Por cada uno de los vocales se designarán uno o dos suplentes, elegidos en la misma forma que el titular.
Todos los vocales electos serán renovados cada cinco años, pudiendo ser reelegidos.
A las reuniones, según establezca su reglamento, podrán asistir, con voz pero sin voto, uno o dos representantes designados por la Consejería de Agricultura y Ganadería.
c) Corresponde a la Consejería de Agricultura y Ganadería organizar los procesos de elección de los vocales, teniendo en cuenta su Reglamento y la normativa que se apruebe.
d) Los vocales electos representantes de una entidad inscrita perderán su condición de vocal:
Al dejar de pertenecer a la misma aunque siguieran vinculados al sector.
Cuando cause baja en el registro la entidad por la que el vocal fue elegido.
Cuando durante el mandato incurran en uno de los supuestos de representación doble.
Cuando ellos o la entidad a la que representan hubieran sido sancionados por resolución firme.
En cualquiera de los casos anteriores se procederá a su sustitución por sus respectivos suplentes.
e) El órgano de gestión comunicará a la Consejería de Agricultura y Ganadería las modificaciones posteriores que pudieran producirse en la composición del Pleno.
2. En el caso de los órganos de gestión específicos de los vinos de pagos, cuando en el registro de cada vino de pago se halle inscrito un solo operador, el Pleno estará constituido por tantos vocales como vinos de pago reconocidos.
No obstante, en el caso de que el vino de pago cuente con varios operadores inscritos en sus registros, su norma reguladora determinará el número de vocales que componen el Pleno de su órgano de gestión o su representación, con un único vocal, en el órgano de gestión a que se refiere el párrafo anterior.
En ambos supuestos, a las reuniones podrán asistir con voz y con voto dos representantes designados por la Consejería de Agricultura y Ganadería.
A los órganos de gestión específicos de los vinos de pagos les será igualmente de aplicación lo establecido en las letras c), d) y e) del apartado anterior.

OCASO de la D.O. RUEDA

15-mar-2009

Somos de la opinión de que "Lo que mal empieza, mal acaba" el caso es que esta D.O. no la entiende ya ni quién la creó. Obviamente con el paso del tiempo en vez de progresar unido al echo de tomar desiciones erroneas, y llevarlas incluso al Tribunal Superior de Justicia para que se les diera la razón cuando no se tiene, esta D.O. está en recesión.
Dejemos ya de maquillar una situación insostenible, y dejen paso libre al refundada Asoc. Vinos Tierra de Medina del Campo.
Dejen ya de inventar trabas burocraticas, dejen ya de acudir con documentos caducos a diversos organismos, dejen ya de dar coletazos y palos de ciego.
¿Acaso no dejaron ya el proyecto en el año 2001?,
¿Acaso no tienen una SENTENCIA en CONTRA por parte del TSJ?,
¿Saben que su nuevo reglamento redactado es ILEGAL?

Evidentemente ha estas preguntas, rapidamente habrán obtenido una rapida respuesta, es por eso que la Asoc. Vinos Tierra de Medina del Campo, comunica:
-Que seguirá adelante con su proyecto.
-Bordeará el bloqueo actual.(Consultaremos a D.O. que han echo cosas parecidas)
-Medina del Campo tendrá sus vinos. La historia no se puede borrar.

-6 de Julio de 2009-

Si de necios es errar, de sabios es rectificar dice el refrán. Pero es a día de hoy que los gestores de aquella heroica gesta quieren seguir burlando una Sentencia del Tribunal Superior de Justicía .
El articulo de Opinión del Ocaso de la D.O. Rueda es realmente una gran verdad, AVALADA POR EL ECHO, de que Todavía estamos esperando respuesta alguna por parte del Concejal de Hacienda, de el montante ecónomico que ha costado a todos los medinenses el celebrar una Feria Vinícola con una D.O. forastera.
-¿Será por eso que nos hemos quedado sin campo de futbol de Hierba artificial?
-¿Será por eso que tambíen se han quedado todas las empresas de nueva creación sin ayudas para el desarrollo economico de Medina 21?
- ¿Porqué financiamos los medinenses a la D.O. Rueda sus promociones?
- ¿Hasta cuando esta aptitud?

PRIMEROS TIEMPOS

PRIMEROS TIEMPOS
Los primeros tiempos de un pasado historico, nos hacen ser en parte dueños de nuestro futuro. Es por eso, que ante todo y sobre todo, nadie por intereses particulares o esteticos nos tiene que conducir hacia "algún" camino a seguir y menos que este camino sea un callejón sin salida.
Es por eso que los integrantes de esta Asociación vinícola han presentado ante la Consejeria de Agricultura y Ganaderia y posteriormente al ITA, el expediente justificativo para la obtención de VCPRD para la Comarca Vinícola de Medina del Campo. Desde el pasado mes de Mayo llevamos trabajando conjuntamente, echo por el cual esperamos que dicho expediente salga adelante ya que por el contrario nos opondremos judicialmente si se da el caso a otro de otra D.O. cercana.
En estas epocas previas o posteriores a la vendimia esta Asociación, es muy posible que saque de nuevo al mercado el primer vino embotellado bajo el amparo de esta nueva mención, un proyecto de ilusión y orgullo que se comercializará siempre bajo la legalidad existente.

MEDINA DEL CAMPO, Historia, tradición y Vino


PROXIMAS JORNADAS VINÍCOLAS.

La Asociación Vinos Tierra de Medina del Campo va a realizar proximamente una nueva jornadas de Cata y Degustación de nuestros caldos. Los vinos a degustar que participarán serán PRINCIPALMENTE los de nuestros asociados, pero desde aquí queremos dar la oportunidad a bodegas y vitícultores NO ASOCIADOS a que formen parte de este nuevo evento.
Si estais interesados enviar vuestra petición a : vinostierrademedinadelcampo@gmail.com .

El vino de las Tierra de Medina lo necesita.

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